María de los Reyes Rueda Serrano, abogada Urbanista y Secretaria Gral. de la Asociación de Abogados Urbanistas expone las principales modificaciones de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid, Ley 1/2020 de 8 de octubre que modifica la Ley 9/2001 de 17 de julio. Y que entrará en vigor en noviembre 2020, veinte días después de ser publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el 15 de octubre.
Modificaciones de gran envergadura, ya que supone la reducción de gran número de licencias urbanísticas existentes en la actualidad y su sustitución por un sistema de intervención administrativa posterior a través de las declaraciones responsables, siendo esto más ágil y eficaz especialmente, en los municipios que han de gestionar un elevado número de solicitudes.
Se suprime por tanto la mayoría de las licencias requeridas hasta ahora y se liberaliza el sector urbanístico facilitando el impulso y reactivación del sector dañado por el Covid 19 en la Comunidad de Madrid. Se pretende con ello eliminar trámites burocráticos.
Entre las modificaciones de la Ley del Suelo destaca:
1.-la eliminación de la mayoría de licencias urbanísticas -excepto las estatales-, que hasta ahora eran obligatorias. Éstas serán sustituidas por declaraciones responsables para agilizar los plazos. Es decir las licencias que se concedían en una media de 12-15 meses se podrán hacer de inmediato con el beneficio que conlleva para los ciudadanos y ayuntamientos, encargados de tramitarlas, y el consiguiente ahorro de tiempo y dinero.
2.- Como principal novedad el sometimiento al régimen de declaración responsable de la primera ocupación y funcionamiento de las edificaciones de nueva planta y de las casas prefabricadas. Además se regulan otras modificaciones como son el sometimiento al régimen de declaración responsable las obras de edificación de nueva planta de escasa entidad constructiva y sencillez técnica que no tengan carácter residencial o público. Así como los cerramientos de parcelas y solares.
3.- Se reforma el régimen de intervención administrativa en los actos de construcción, edificación y uso del suelo previsto en la vigente Ley 9/2001, del Suelo, suprimiendo, con carácter general, la necesidad de obtención de licencias urbanísticas, excepto para aquellas actuaciones sometidas a este título por el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana de 30 de octubre de 2015, que tiene carácter básico en este aspecto.
4.- Las licencias urbanísticas que hasta ahora resultaban exigibles serán sustituidas por declaraciones responsables como hemos indicado anteriormente, se da prioridad a la DECLARACIÓN RESPONSABLE Y AL CONTROL POSTERIOR por parte de la Administración.
Con ello se intenta simplificar trámites y facilitar la recuperación del sector de la construcción que supone al menos un 20% del empleo en la Comunidad de Madrid.
5.- No será necesaria la obtención de licencia urbanística ni la presentación de declaración responsable para la realización de obras y actuaciones urbanísticas de menor entidad. Aunque esto ya se venía aplicando, la reforma de la Ley lo deja claro por lo que pequeñas reformas como la renovación o reposición de instalaciones eléctricas o de aire acondicionado, la sustitución de alicatados, yesos y pinturas o las reparaciones puntuales de cubiertas, cornisas, salientes o vuelos, entre otras no necesitará licencia.
6.- Los procedimientos de solicitud de licencia y declaración responsable ya iniciados continuarán tramitándose y se resolverán de acuerdo con la normativa vigente en el momento de su presentación. Los interesados, aun así, podrán desistir de su solicitud de licencia y optar por la presentación de una declaración responsable.
7.- Los ayuntamientos deberán adaptar sus ordenanzas municipales al contenido de la Ley en el plazo máximo de un año a contar desde la entrada en vigor de la misma
Se trata por tanto de modificaciones de gran calado en materia de Urbanismo que se aplicará en toda la Comunidad de Madrid.
María de los Reyes Rueda Serrano. Abogada Urbanista. Secretaria Gral. de la Asociación Española de Abogados
Todos estos temas de interés y otros serán tratados en el Curso de Urbanismo que se celebrará.
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